Café Negro | Óscar González
SIPSE
Si usted es un mando de la burocracia del Gobierno de la República –quintanarroense o de cualquier parte del país– y le preocupa que por el afán de austeridad de Andrés Manuel López Obrador que haya una cadena de recortes a los salarios o siendo trabajador de la administración pública estatal que los gobernadores emulen al presidente, lo más seguro es que a pocos días después del relevo del 1 de diciembre la recién aprobada Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos quede suspendida por una avalancha de amparos, para morir lentamente.
Y esto no es porque la Ley de Amparo, cuya última modificación se hizo en 2013, prevea que los juicios en la materia deban resolverse por criterios cuantitativos –por “montón”–, sino porque esta primera joya del Morena en el Congreso de la Unión es notoriamente inconstitucional y violatoria de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores la Servicio del Estado. Retomaremos la opinión de uno de los principales especialistas en la materia, Hugo Alberto Ayala Becerra, catedrático en incontables universidades del mundo, para el Instituto Mexicano del Amparo.
Según el jurista la ley en comento viola los artículos 1°, 14, 16, 49, 75, 122, 123, 127 y 133 constitucionales, además de muchas otras normas, “porque se pretende reducir los salarios de los trabajadores del Gobierno Federal, sin que exista una base para ello, pues se deja en manos de autoridades administrativas tal determinación. En otras palabras, las normas en cuestión no precisan los elementos para un ejercicio de facultades discrecionales, sino que permiten la arbitrariedad, proscrita por la garantía de legalidad.
“Además, según ha señalado el Poder Judicial de la Federación, la inconstitucionalidad de una ley puede derivarse de la demostración de incongruencias en el orden jurídico que revelen violación, entre otras, a la garantía de seguridad jurídica, como podría ser la contradicción de la ley impugnada con otra norma general o ley secundaria, en el caso de que regulen un mismo supuesto jurídico, de suerte que como las normas a combatir se contraponen con otras de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de la Ley Federal del Trabajo, tales elementos también abonan a la argumentación referente a su inconstitucionalidad”.
Sin entrar al detalle de las violaciones que comete la norma aprobada el 5 de noviembre, todos los jueces del país están obligados a dictar sentencia bajo el principio de control de convencionalidad por lo dispuesto por los artículos 1 y 133 de la Carta Magna, y el Poder Judicial de la Federación ha señalado que constituye una obligación ex officio realizar el control de convencionalidad, lo que les obliga a aplicar las normas más benéficas para el gobernado en todos los casos, siendo que incluso deben preferir las normas internacionales y su interpretación, sobre las normas mexicanas de índole ordinario. Estyas son aun más pro persona.
Desde la presentación de la demanda se puede solicitar que se conceda la suspensión de los actos reclamados, lo que implica que el juez federal puede ordenar que las cosas se mantengan en el estado que tienen; es decir, que no se apliquen los preceptos reclamados en detrimento de la parte quejosa –y/o sus agremiados si el quejoso es un sindicato–, hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva.
Esto es lo que se prevé según las leyes mexicanas, con independencia de la verosímil justeza de la intención de Andrés López de acabar con los privilegios de la alta burocracia, que evidentemente a la vista del ciudadano “de a pie” es más que plausible, loable. Aunque hemos opinado que la furibunda batalla contra los sueldos de los servidores públicos es exagerada y tan populista que Ricardo Monreal Ávila y otros líderes del Morena llegan a trabajar en bicicleta –eso sí, previa cita con los reporteros y fotógrafos y, se ha dicho, no precisamente desde sus casas sino desde puntos mucho más cercanos–, los juzgadores tendrán que decidir en los términos de la ley, no del ánimo popular en un país de pobres.
¿Y quiénes son esos jueces? Pues precisamente los servidores públicos más atacados por sus altas percepciones: los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. ¡No, pues así está rudo el asunto para la morena ley!